Resumen: Analiza esta sentencia el derecho de manifestación y su ejercicio en el ámbito de la declaración del estado de alarma por las medidas sanitarias del COVID-19. La sentencia analiza de manera prolija cuáles son la razones que justifican, en virtud del estado general de la salud pública la prohibición de la concentración convocada declarando la conformidad a derecho de la resolución que deniega la autorización para su celebración por parte de la delegación del gobierno en Madrid. Se centra la resolución judicial en valorar la inexistencia de derechos fundamentales ilimitados y la necesidad de un juicio proporcionalidad entre la ejercida de los mismos y las medidas sanitarias vigentes.